Registro de patentes

Una patente de invención es un derecho exclusivo concedido por el Estado al titular de una invención que es nueva, implica una actividad inventiva y es susceptible de tener aplicación industrial. Como contrapartida, se debe divulgar toda la información relativa a la solicitud de patente, para ponerla a disposición del público, generar conocimiento y favorecer la transferencia de tecnología.


La Dirección Nacional de la Propiedad Industrial, unidad ejecutora dependiente del Ministerio de Industria, Energía y Minería, es el organismo encargado del registro de patentes de Uruguay. 

Una patente proporciona protección para el titular y le otorga el derecho de impedir que terceros --sin su autorización-- comercialicen o utilicen de cualquier modo el producto o procedimiento patentando dentro del país.

Además, facilita la gestión de acuerdos de transferencia de tecnología, permite atraer inversores para el desarrollo de prototipos, realizar acuerdos de cesión de derechos, entre otros, con el objetivo de recuperar las inversiones realizadas en las tareas de investigación y desarrollo en las que se originaron las invenciones.

La protección es territorial, es decir, la patente es válida únicamente en el territorio nacional.

Alude a la creación de productos o de procedimientos nuevos que supongan una actividad inventiva y que sean susceptibles de aplicación industrial y que no estén comprendidos en las materias excluidas de patentabilidad, definidas en los artículos 13, 14 y 15 de la ley n.° 17.164.


Se conceden por un plazo de 20 años improrrogables, contados a partir de la fecha de la solicitud.

Comprenden toda nueva disposición o conformación obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos, equipos u otros objetos conocidos, que conlleven una mejor utilización o un mejor resultado de su función.

Se conceden por un plazo de 10 años, contados a partir de la fecha de la solicitud. El plazo de protección podrá ser prorrogado una sola vez, por el término de 5 años, a solicitud del titular de la patente.

Importante

Las patentes de invención y de modelos de utilidad confieren a su titular el derecho de impedir que terceros realicen —sin su autorización— cualquiera de los siguientes actos: fabricar, ofrecer en venta, vender o utilizar, importar o almacenar con fines comerciales el invento. Lo mismo ocurre si se trata de un procedimiento patentado.

Pero el titular de una patente no podrá impedir que cualquier persona use, importe o comercialice de cualquier modo un producto patentado, después de que este ha sido puesto lícitamente en el comercio dentro del país o en el exterior. 

Protegen las creaciones originales de carácter ornamental que, incorporadas o aplicadas a un producto industrial o artesanal, le otorgan una apariencia especial. Ese carácter ornamental puede derivarse de, entre otros elementos, la forma, la línea, el contorno, la configuración, el color y la textura o el material.

Se conceden por un plazo de 10 años, contados a partir de la fecha de la solicitud. El plazo de protección podrá ser prorrogado una sola vez, por el término de 5 años, a solicitud del titular de la patente.

El titular de la patente de diseño industrial posee el derecho de impedir que terceras personas sin su autorización puedan fabricar, vender, ofrecer en venta, utilizar, importar o almacenar con fines comerciales un producto con un diseño que reproduzca el suyo o diseños similares al suyo; incorpore ese diseño o solo presente diferencias menores con él.

En línea:

Presencial:

  • En Montevideo:
  • En la Dirección Nacional de la Propiedad Industrial (DNPI).
  • Dirección: Rincón 719, Planta baja.
  • Área de Atención Personalizada. 
  • Teléfono: 28401234 Interno 4.
  • Correo electrónico: DNPI@miem.gub.uy

En relación con la situación sanitaria nacional ocasionada por el CORONAVIRUS (Covid-19), se exhorta a los usuarios a ingresar los trámites a través del Sistema de Presentación en Línea https://www.miem.gub.uy/marcas-y-patentes.

Mail de consultas: marcasypatentes@miem.gub.uy.

Horario de atención: de 09:30 a 15:00 h.

Previo a solicitar el registro de una patente, se recomienda realizar una búsqueda de antecedentes en una base de datos de patentes y en Internet para evaluar la factibilidad de obtener una patente para su desarrollo.

Consejo

Si querés tener un asesoramiento técnico individual, sin costo, podés solicitar una entrevista con un técnico del área de Patentes del MIEM enviando un mail a dgt@miem.gub.uy  o por teléfono, a través del 2900 0658 (interno 414).

En línea:

  • Ingresar en el link.
  • Acceder al trámite ingresando con su usuario.
  • Completar los datos requeridos en el formulario.

Presencial:

  • El interesado personalmente. O Mandatario, a través de Carta Poder con certificación notarial de firmas. Agente de la propiedad industrial con carta de autorización correspondiente. Se presenta con la documentación solicitada.


El formulario de Solicitud de Patentes en dos vías. Recibo de pago de la tasa de presentación. A dicho formulario se deberá adjuntar, según el tipo de patente, la siguiente documentación:

Patente de Invención:

  • Memoria descriptiva. Planos, dibujos o fórmulas que se requieran para la comprensión de la invención.
  • Reivindicaciones (puede incluir una o más reivindicaciones, las que deben ser numeradas correlativamente).
  • Un resumen de no más de 100 palabras.
  • Pago de la tasa de solicitud.

Patente de Modelo de utilidad:

  • Memoria descriptiva. Planos, dibujos o fórmulas que se requieran para la comprensión de la invención.
  • Reivindicaciones (puede incluir una o más reivindicaciones, las que deben ser numeradas correlativamente).
  • Un resumen de no más de 100 palabras.
  • Pago de la tasa de solicitud.

Patente de Diseño industrial:

  • Planos o dibujos.
  • Pueden llevar o no reivindicaciones.
  • Un Resumen de las figuras.
  • Pago de la tasa de solicitud. 

Al momento de presentar una solicitud de patente, se debe abonar la tasa de presentación que tiene un valor de:

  • 2242,07117 unidades indexadas para las solicitudes de patente de invención con hasta 10 reivindicaciones.
  • 1121,03558 unidades indexadas para los modelos de utilidad y diseños industriales.
  • Además, durante el trámite se deben abonar otras tasas, como por ejemplo la tasa de publicación.

Se pueden pagar en la tesorería del MIEM:

  • Dirección: Edificio Ancap, Paysandú s/n esq. Avda. Libertador Brig. Gral. Lavalleja
  • Horario de atención: lunes a viernes de 10:00 a 13:00 horas.

En Abitab:

  • Luego de las 13:00 horas, cobrando una comisión sobre el total a abonar.

Cualquiera de las modalidades de pago deberá en primer lugar pasar por Atención Personalizada.

Consejo

Podés pedir el detalle del costo del trámite por correo electrónico: AtencionPersonalizada.DNPI@miem.gub.uy

  • La tramitación de una solicitud de patente implica un proceso con las siguientes etapas: recepción y examen de forma, publicación, observaciones de terceros, examen de fondo y resolución. La Dirección Nacional de Propiedad Industrial puede emitir resolución de conceder, desestimar, abandonar o desistir la solicitud.

  • Las patentes válidamente concedidas caducarán y, en consecuencia, los productos o procedimientos protegidos quedarán a disposición del público.