Importación de partes de bienes de capital con beneficios
Es una licencia que habilita ante la Dirección Nacional de Aduanas (DNA) a realizar la importación de partes de bienes de capital con beneficios arancelarios.
Según el decreto n.° 487/983, la importación de partes, piezas sueltas, repuestos y accesorios de bienes de capital o de maquinaria agrícola que no se produzcan en el país tributará el 10 % por concepto de tasa global arancelaria para facilitar su importación.
Para hacer uso de esta licencia, debés acreditar la condición de que no se produce en el país mediante certificado expedido por el Ministerio de Industria y Energía.
Leé más sobre este trámite en https://tramites.gub.uy/ampliados?id=009.
Podés realizar el trámite de forma remota a través del sistema BPM, que es el Ambiente APIA que se utiliza para la gestión de trámites.
El link es: www.tramitesdni.miem.gub.uy.
Tenés que ingresar al sistema BPM, digitar los datos o cargarlos desde una planilla Excel. Una vez aprobados, el trámite pasará a Aduanas directamente.
0,2 Unidades reajustables que se abonan en las redes de cobranzas descentralizadas.
Tenés que inscribir la empresa en la Dirección Nacional de Industrias.
Debés contar con la factura de compra del país de origen y con el catálogo técnico del bien de capital y parte a importar.