Habilitación y registro de alimentos
Todo alimento destinado al expendio o consumo de la población, sea de origen nacional o importado, debe ser habilitado y registrado en el Servicio de Regulación Alimentaria antes de su comercialización.
Porque, de acuerdo con la Ley 18.832, el Servicio de Regulación Alimentaria debe asegurar que las condiciones de los alimentos contemplen la garantía de calidad y de seguridad alimentaria establecida en la normativa nacional, departamental y bromatológica.
1. Antes de iniciar el trámite, las empresas que registran productos deberán enviar una copia del rótulo de los productos a la siguiente dirección de correo electrónico: productos@imm.gub.uy.
2. El titular de la empresa alimentaria debe presentar la Solicitud de habilitación y registro de los productos, firmada por el representante técnico de la empresa.
La solicitud debe contar con la siguiente información:
--Datos de la empresa y del titular o del representante legal.
--Datos del representante técnico de la empresa alimentaria.
--Declaración jurada del titular de la empresa y del representante técnico de que conoce las disposiciones reglamentarias en vigencia y en particular las disposiciones bromatológicas relativas al producto que desea registrar.
--Constancia de habilitación y registro de la empresa alimentaria por el Servicio de Regulación Alimentaria.
--Datos del alimento con clara indicación de la denominación que le corresponde según lo establecido en las disposiciones en vigencia.
--Caracterización del producto según se trate de alimento terminado, materia prima, ingrediente complementario, aditivo, envase, alimento modificado u otro.
--Memoria breve que describa el proceso de elaboración.
--Lista de ingredientes alimentarios (materia prima, ingredientes complementarios y aditivos) indicados en orden decreciente según la cantidad empleada.
--Declaración sobre la vida útil garantizada del alimento, documentada por estudios.
--Rotulación completa donde figure la totalidad de las leyendas, figuras, símbolos y colores en el tamaño en que se utilizará en el producto a comercializar.
--Declaración de los datos analíticos de los parámetros específicos que hacen genuino al producto.
Importante: Se tendrán en cuenta como antecedentes los certificados de análisis o registros emitidos por organismos estatales o paraestatales.
3. Adjuntar un archivo en formato pdf por cada producto; el nombre del archivo corresponderá al número de registro de producto (número de empresa – número de producto).
4. Adjuntar (por duplicado) un informe por producto que contenga el nombre de la empresa, producto, número de registro y código de barras de cada una de las presentaciones que tenga o declarar que el producto se comercializa sin código de barras.
Importante: La documentación solicitada deberá ser presentada en sobre tipo manila, con hojas foliadas y con broches self o mariposas.
• El orden de la documentación deberá ser el siguiente:
--Nota de solicitud de registro y habilitación de los productos alimenticios, dirigida al director profesional interino del Servicio de Regulación Alimentaria: Dr. Richard Millán.
--Declaración jurada del técnico y del representante legal (no notarial) de que conocen la reglamentación en vigencia (con timbre profesional).
Importante: Los técnicos de las empresas (técnicos registradores) que registren productos deben solicitar usuario para la utilización del formulario electrónico de registro de productos.
--Memoria descriptiva con timbre profesional.
• Presentar rótulo original y 1 fotocopia en tamaño A 4 de cada producto que se registra.
Importante: No se acepta rótulo sin tabla nutricional, a no ser los productos que el decreto 117/06 del Ministerio de Salud Pública autoriza a título expreso.
• Una tarjeta por producto que deberá ser completada por el técnico de la firma y firmada por él y por el representante legal de la empresa. La tarjeta será suministrada por el Servicio de Regulación Alimentaria.
• Fotocopia de habilitación de la empresa expedida por el Servicio de Regulación Alimentaria o comprobante de inicio del trámite.
• Fotocopia del título para técnicos (nuevos).
• La validez de la habilitación es de cinco años.
• En caso de tener que modificar el rótulo, se deberá enviar corregido.
• Los rótulos de productos a registrar enviados por correo electrónico se conservarán durante diez días hábiles.
• Solo se podrán presentar diez productos por empresa por día.
- Para alimentos importados cuyo envase sea de material plástico, se pedirá certificado emitido por organismos oficiales de origen que declare que es apto para contener ese tipo de alimento.
- Para alimentos nacionales cuyo envase sea de material plástico, deberá presentarse: fotocopia de habilitación de la empresa y carta indicando el material del envase y el nombre de la empresa que vende el material.
- Para productos importados, se pedirá certificado de empresa y productos legalizados.
- Para productos no elaborados en Montevideo, habilitación de la empresa y del producto del departamento respectivo.
- Para productos cárnicos y lácteos, presentar certificados del Ministerio de Ganadería.
- Para productos del mar, certificado de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos.
- Para bebidas alcohólicas, tipificación de Ancap.
- Para alimentos modificados, aguas minerales y de mesa, presentar habilitación del Ministerio de Salud Pública.
- Para registro de queso rallado, presentar habilitación del Ministerio de Ganadería como acopiador/transformador.
- Para cereales, granos y frutos secos importados, certificado fitosanitario del país de origen legalizado.
- Para el registro de harinas de trigo, presentar análisis de DON y habilitación del Ministerio de Salud Pública del molino.
- Para importadores y elaboradores de aditivos, la empresa deberá tener una dirección técnica permanente.
- Para importadores, elaboradores y distribuidores de bebidas analcohólicas, la empresa deberá tener una dirección técnica permanente.
- Para la miel, se deberá presentar registro de las colmenas y habilitación de la sala de extracción en el Ministerio de Ganadería.
5 Unidades reajustables por producto habilitado.
El trámite se realiza en Registro de productos de la Intendencia de Montevideo.